Incapacidad Permanente Parcial

Incapacidad Permanente Parcial


En Quintana Abogados prestamos asesoramiento jurídico integral en procedimientos de Incapacidad Permanente Parcial para la mejor defensa de sus intereses.


¿En qué consiste la Incapacidad Permanente Parcial?

La Incapacidad Permanente Parcial (IPP) es el grado más básico de incapacidad permanente y se reconoce cuando el trabajador presenta una limitación funcional que reduce su rendimiento laboral, pero sin impedirle realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual. Es compatible con continuar trabajando.

No supone una pensión mensual, sino una indemnización a tanto alzado, destinada a compensar la pérdida de capacidad productiva.

Información esencial sobre la Incapacidad Permanente Parcial

Para que el INSS reconozca la IPP, debe acreditarse una disminución del rendimiento no inferior al 33%. La prestación consiste en una indemnización equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.

  • Es compatible con cualquier actividad laboral, incluida la que ya desempeñaba el trabajador.
  • Puede derivar tanto de contingencias comunes como profesionales.
  • No exige una situación de incapacidad total, sino una limitación relevante y acreditable.
  • La empresa no puede despedir automáticamente por causa del reconocimiento de IPP, salvo causas objetivas justificables.

Nuestros servicios de Derecho Laboral en Burgos

En Quintana Abogados, despacho de abogados ofrecemos asesoramiento y defensa jurídica integral en todo tipo de conflictos laborales. Nuestro enfoque combina solvencia técnica, conocimiento actualizado de la normativa laboral y un trato cercano que garantiza soluciones claras, seguras y adaptadas a cada caso.

Si se enfrenta a un problema de laboral y necesita asistencia jurídica, no espere. En Quintana Abogados estamos preparados para analizar su caso de modo inmediato y ofrecerle una solución eficaz.

Contacte con nosotros